Beneficios Internos

  1. Beca Excelencia Académica (Rectoría): Exención total del pago del Arancel básico y de matrícula de hasta tres estudiantes, ingreso primer año, cuyo puntaje ponderado en Prueba de Selección Universitaria sea igual o mayor a los 740 pts. y/o que obtenga puntaje nacional o regional en alguna de ellas.
  1. Beca de Alimentación: Los estudiantes regulares, podrán acceder a  un desayuno y/o almuerzo en los casinos de la Universidad de Atacama durante su período académico, siempre que cumplan con los requisitos dispuestos en la Normativa del beneficio. En caso de que la Universidad no pueda entregar el beneficio a través de los casinos, éste se materializará con la entrega de una tarjeta electrónica con el monto de $32.000.

 

  1. Beca Residencia: Subsidio monetario para el estudiante con el fin de cubrir el arriendo de una pensión o vivienda en la ciudad en que se encuentra la sede de la Universidad de Atacama en que cursa sus estudios, siempre que cumpla con los requisitos dispuestos en el  reglamento vigente.

 

  1. Beca de Emergencia: Subsidio en dinero concedido durante un período académico específico a un(a) estudiante que presenta una necesidad urgente, cuyos gastos no pueden ser solventados total o parcialmente por el o la estudiante y/o su grupo familiar incidiendo directa o indirectamente en su quehacer académico.
  1. Beca de Impresión: Beneficio destinado  a estudiantes que se encuentren matriculados  en una carrera de pregrado, cuyo objetivo es apoyar al estudiante conforme a su situación socioeconómica,  mediante el otorgamiento de una cantidad determinada de impresiones gratuitas, que tengan directa relación con su  quehacer académico.
  1. Beca Conectividad: Beneficio implementado en 2020 con ocasión a la actual emergencia sanitaria. Consiste en la entrega para el estudiante de un Módem y/o notebook para facilitar el acceso a las metodologías virtuales implementadas por la Universidad.
  1. Ayuda Médica: Consiste en un apoyo económico concedido al estudiante hasta en dos oportunidades al año, con el solo objeto de paliar las siguientes necesidades:
  • Medicamentos que no sean proporcionados por el Servicio Médico de la Universidad,
  • Exámenes o Radiografías médicas y dentales,
  • Pasajes en caso  de viajes urgentes por asuntos médicos,
  • Consultas médicas de carácter urgente,
  • Otras que la Dirección de Actividades estudiantiles estime indispensable.

El o la estudiante podrá cubrir a través de la ayuda médica, hasta el 60% de las necesidades establecidas en el artículo precedente, siendo $60.000 el tope máximo al cual podrá acceder el o la estudiante por ayuda médica solicitada.

  1. Ayuda Social Institucional por fallecimiento o invalidez del estudiante: Consiste en la exención total o parcial del Arancel de matrícula, el cual podrá gestionarse en caso de fallecimiento o invalidez total del estudiante a causa de accidentes y/o enfermedades graves que le impidan finalizar el período académico en que se encuentra matriculado. La  exención sólo  podrá ser autorizada por el Rector, previo informe de la Dirección de Actividades Estudiantiles.
  1. Brecha UDA: La Universidad de Atacama, podrá asignar a sus estudiantes regulares que requieran de apoyo económico para continuar sus estudios en el año vigente, un Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU), el cual llevará por nombre “Brecha UDA”. Dicho crédito será otorgado con las colocaciones que el Departamento de Fondo Solidario de la Universidad de Atacama, disponga para tal efecto cada año.
  1. Programa de Apoyo e Incentivo Estudiantil (PAIE): consiste en otorgar una compensación en dinero a todo aquel  estudiante que  colabore con actividades propias de la Universidad, cuando ésta lo requiera, con el fin de contribuir  a satisfacer las necesidades personales o educacionales-financieras de los estudiantes favorecidos.